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Guía de buenas prácticas para redactar el pliego técnico (PPT)

El Pliego de Prescripciones Técnicas (PPT) es un documento esencial en cualquier proceso de contratación pública por qué define con precisión las características técnicas y requisitos de los bienes, servicios u obras que se van a contratar, asegurando que los proveedores cumplan con las necesidades del organismo contratante.

Este documento complementa al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP): mientras el PCAP establece el procedimiento y las condiciones de la contratación, el PPT detalla las características y requisitos técnicos de lo que compraremos. Su correcta redacción es clave para evitar ambigüedades, asegurar la transparencia y garantizar que la licitación cumpla con los objetivos establecidos.

En la práctica, esto significa que el PCAP define aspectos como los criterios de adjudicación, plazos,  garantías, características del procedimiento, etc.  mientras que el PPT especifica detalles técnicos como estándares de calidad, especificaciones funcionales y requisitos de ejecución.

Por ejemplo, en la contratación de un servicio de mantenimiento informático, el PCAP determinaría los plazos de pago o las penalizaciones por incumplimiento, mientras que el PPT establecería los niveles de servicio (SLA), tiempos de respuesta y certificaciones requeridas.

De acuerdo con el artículo 116.3 de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP), el PPT es una parte fundamental del expediente de contratación. Por ello, es importante redactarlo con paciencia y precisión. 

Infografía resumen de recomendaciones para redactar el PPT

Proponemos esta lista de buenas prácticas para la correcta elaboración del pliego de prescripciones técnicas (PPT). Puedes descargarla en pdf y compartir en redes👇

Infografía resumen de recomendaciones para redactar el PPT

¿Por dónde empezamos? Reflexiona y consulta.

Para empezar, debemos tener claro qué se quiere comprar. Parece obvio, pero es importante reflexionar y consultar previamente:

  • ¿Qué necesidades tenemos y por qué? ¿Para cuándo? ¿Hay alternativas?
  • ¿El objeto del contrato es una compra nueva? Busca información fuera de tu organización sobre lo que puede ofrecer el mercado para esa prestación.
  • ¿Ya se ha licitado antes esta compra? Revisa los anteriores pliegos, las ofertas presentadas, el contrato y, sobre todo, las incidencias y resultados de su ejecución. 
  • Pregunta al responsable del contrato o a las personas que hayan tenido relación directa con la última prestación contractual. Ellos sabrán explicarte qué se puede mejorar. 
  • Consulta siempre cómo está el mercado actual. Quizás existe algo mejor de lo que se adquirió la última vez. 

Una vez hayas hecho un buen estudio de la situación interna y externa, podemos empezar a escribir las prescripciones técnicas.

Identifica las prescripciones técnicas del objeto del contrato

¿Qué entendemos por prescripción técnica? En este caso, depende del tipo de contrato. 

En contratos de obras, las prescripciones técnicas definen:

  • Características del material o suministro 
  • Procedimientos para asegurar la calidad y el impacto social, laboral, ambiental y climático
  • Diseño para todas las necesidades (accesibilidad universal, etc)
  • Terminología, símbolos, pruebas, marcajes, etiquetados, instrucciones de uso
  • Procesos y métodos de producción (más eficientes, menos contaminantes, etc)
  • Reglas de elaboración del proyecto y cálculo de las obras, técnicas y métodos de construcción. 
  • Y todas las restantes características que el órgano de contratación pueda prescribir en relación con las obras y sus materiales. 

En contratos de suministro o servicios, las prescripciones técnicas se refieren a:

  • Características del producto o servicio (niveles de calidad, diseño, accesibilidad, rendimiento, dimensiones, utilización del producto, evaluación de conformidad…).
  • Requisitos del producto, terminología, símbolos, envasado, marcaje, etiquetado, instrucciones de uso…
  • Procesos y métodos de producción.

Estructura el documento 

No hay un formato standard para ello, pero sí debería contener la siguiente información:

  • Objeto y finalidad del contrato: Descripción clara del propósito de la contratación 
  • Descripción de las prescripciones técnicas: Deben detallarse de forma precisa las especificaciones técnicas que se requieran para la prestación. En caso de compra pública de innovación o cuando no se disponga de suficiente conocimiento sobre el objeto del contrato, se podrá definir según las necesidades o funcionalidades concretas que se pretendan satisfacer. Sin limitar el objeto del contrato a una única solución, asegurando así la concurrencia y la igualdad de oportunidades (artículo 99.1 LCSP).
  • Plazo y lugar de entrega o de ejecución: Fechas y ubicación donde se debe cumplir el contrato. 
  • Plazo de garantía mínimo: Periodo en el que el proveedor debe garantizar el cumplimiento de las condiciones pactadas.
  • Información relevante para la ejecución del contrato: Condiciones adicionales, normativas aplicables o requisitos específicos.
  • Información relevante para la ejecución del contrato: Condiciones adicionales, normativas aplicables o requisitos específicos. Esto incluye aspectos relacionados con la accesibilidad, criterios medioambientales y requisitos específicos del proceso productivo (incluso de otra fase de su ciclo de vida), siempre que guarden proporción con el objeto del contrato (artículo 126.2 LCSP) y no limiten la competencia o  puedan tener un efecto discriminatorio (artículo 126.1 LCSP).
  • Si el contrato está destinado a ser utilizado por personas físicas (público en general o personal de la administración), las prescripciones técnicas deberán considerar la Convención de la ONU sobre discapacidad y los criterios de accesibilidad y diseño universal para todas las personas, salvo justificación en contrario (art. 126.3 LCSP).
  • Si el contrato afecta o puede afectar al medio ambiente: las prescripciones técnicas se definirán aplicando criterios de sostenibilidad y protección ambiental (artículo 126.4 LCSP). 
  • Puede incluir tareas de verificación de requisitos técnicos, variantes, etiquetas o certificados, informes de pruebas, aceptando otros equivalentes u otros medios de prueba.
  • Designación de la persona responsable del contrato: Identificación del responsable que supervisará su cumplimiento. Puede incluir reuniones obligatorias periódicas de seguimiento y supervisión de la ejecución.

Una vez tengas claras las prescripciones técnicas y la estructura de tu PPT, es momento de redactarlas. ¿Cómo?

Cómo formular las prescripciones técnicas

Las prescripciones deben incorporar las instrucciones y reglamentos técnicos nacionales que sean obligatorios, siempre que sean compatibles con el derecho de la Unión Europea. 

A parte de estas, las prescripciones se deberán formular de una de las siguientes maneras:

En términos de rendimiento o de exigencias funcionales, incluidas las características medioambientales, siempre que los parámetros sean lo suficientemente precisos para permitir a los licitadores determinar el objeto del contrato y al órgano de contratación adjudicar el mismo.

O bien, haciendo referencia, en este orden de importancia, a: 

  • Especificaciones técnicas contenidas en normas nacionales que incorporen normas europeas
  • Evaluaciones técnicas europeas
  • Especificaciones técnicas comunes
  • Normas internacionales
  • Otros sistemas de referencias técnicas elaborados por los organismos europeos de normalización 
  • En defecto de todos los anteriores, a normas nacionales, a documentos de idoneidad técnica nacionales o a especificaciones técnicas nacionales en materia de proyecto, cálculo y ejecución de obras y de uso de suministros; acompañando cada referencia de la mención «o equivalente»;

Revisa el pliego

Lo más habitual en este tipo de documentos es elaborarlos durante varios días (o semanas). Esto puede generar cambios de formato, de tipo de redacción, de estilo, repeticiones, incongruencias… Por lo tanto, una vez finalizada la redacción, revisa su contenido.

El lenguaje debe ser sencillo y claro. No hace falta vocabulario administrativo ni jurídico, de esto se encarga el PCAP. Aquí los destinatarios del PPT son los contratistas, y no los juristas, y deben tener muy claro las especificaciones técnicas del objeto del contrato.

En este sentido, si dispones de suficiente tiempo, la comprobación la puede hacer un compañero que no haya participado en el pliego o que no esté familiarizado con él. ¿Lo entiende? ¿Tiene dudas? Su opinión te ayudará mucho en esta revisión. 

Comprueba la coherencia con la memoria justificativa o el PCAP

Los aspectos técnicos que contiene el PPT son parte del contrato y, por lo tanto, condiciones mínimas que las empresas licitadoras deben cumplir. Es decir, el PPT no es un documento de deseos que pueden cumplirse parcialmente, sino que todo su contenido es de obligado cumplimiento sin ningún tipo de variación (a no ser que esté previsto de forma clara y precisa). 

Las ofertas de las empresas licitadores, basándose en los criterios de adjudicación, pueden mejorar estas prescripciones técnicas, pero nunca reducirlas o cambiarlas

Por lo tanto, es necesario que exista una vinculación directa y coherencia entre el contenido de las prescripciones técnicas y el contenido del PCAP. En caso de discrepancia entre ambos documentos, prevalecerá el PCAP. 

Por ejemplo, si el PCAP establece que el período de ejecución máximo de una obra es de 12 meses y el PPT, por lo contrario, indica que es de 16 meses, prevalece el primero. 

En consecuencia, es muy recomendable coordinar el proceso de elaboración del PPT y del PCAP.

Aprobación del documento

Finalmente, el PPT debe ser firmado y aprobado por el órgano competente y puede incorporarse al expediente de contratación para ser publicado junto con el resto de la documentación. 

Ten en cuenta los posibles vicios de nulidad 

Es crucial evitar errores en la redacción del Pliego de Prescripciones Técnicas (PPT) que puedan invalidar el proceso de contratación. Dos aspectos fundamentales a considerar son:

1. Incorrección en las prescripciones técnicas:

  • Errores materiales subsanables: Son aquellos evidentes, fáciles de identificar y corregir, como erratas o errores tipográficos. El Tribunal Supremo (Sentencia de 19 de abril de 2012) los define como "ostensibles, manifiestos, indiscutibles y evidentes por sí mismos".
  • Errores no subsanables: Afectan al objeto del contrato, su idoneidad o determinación, impidiendo su corrección. En estos casos, procede el desistimiento del procedimiento según art. 152 LCSP.

2. Vulneración de los principios de concurrencia:

El PPT debe respetar los principios de igualdad, no discriminación y concurrencia. Esto implica:

  • Evitar la restricción del mercado: Las especificaciones técnicas no deben favorecer a una marca o producto específico, limitando la participación de otros licitadores.
  • Justificar cualquier excepción: Solo se permitirá la mención de una fabricación, procedencia, procedimiento, marca, patente u origen específico si se justifica adecuadamente su necesidad y se incluye la referencia “o equivalente”.

Recuerda: La transparencia es esencial en la contratación pública. El PPT debe ser claro, preciso e inequívoco para que todos los licitadores lo interpreten de la misma manera y la entidad adjudicadora pueda evaluar las ofertas con objetividad.

Resoluciones de interés

  • Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 29 de abril de 2004, Succhi di Frutta, apartado 111, asunto C-496/99P, ECLI:EU:C:2004:236) “(…) La obligación de transparencia implica que todas las condiciones y modalidades del procedimiento de licitación estén formuladas de forma clara, precisa e inequívoca en el anuncio de licitación o en el pliego de condiciones con el fin de que, por una parte, todos los licitadores razonablemente informados y normalmente diligentes, puedan comprender su alcance exacto e interpretarlas de la misma forma y, por otra parte, la entidad adjudicadora pueda comprobar efectivamente que las ofertas presentadas por los licitadores responden a los criterios aplicables al contrato de que se trate”
  • Tribunal Supremo en la reciente Sentencia nº 825/2020  “(…) dentro de la previsión de “infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato” que contiene el artículo 155.4 tienen cabida los vicios o infracciones que afecten al objeto del contrato, a su idoneidad y determinación (…)”.
  • Consulta Junta Consultiva de Castilla La Mancha número 14/2021 “De acuerdo con lo expuesto, habiendo advertido en el caso planteado que el error cometido en el PPT puede ser constitutivo de una infracción no subsanable de las de las normas de preparación del contrato (en concreto en lo que se refiere a la correcta determinación del objeto del contrato), el órgano de contratación podrá acordar el desistimiento del procedimiento de adjudicación. Lo anterior no impedirá la iniciación inmediata de un nuevo procedimiento de licitación.”

Para saber más

Foto de Alina Guleva en Unsplash

Mar 20, 2025
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