Sostenibilidad ambiental en la compra pública: una oportunidad estratégica
La contratación pública no solo es un mecanismo para adquirir bienes, servicios u obras, sino también una poderosa herramienta para promover el respeto al medio ambiente. Incluir criterios de sostenibilidad ambiental en los pliegos permite a las administraciones minimizar el impacto ecológico de sus compras y fomentar prácticas responsables en el sector privado para avanzar hacia modelos de producción y consumo más sostenibles.
Incorporar criterios de sostenibilidad en los pliegos es, además de una práctica recomendada, una obligación para todos aquellos contratos que puedan tener algún impacto ambiental, según recoge la normativa comunitaria y la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP).
Pensar más allá del contrato
Para lograr contratos más sostenibles, es necesario un "cambio de chip" en la elaboración de los pliegos. No se trata solo de describir requisitos técnicos y procedimentales, sino de reflexionar sobre cómo la prestación afecta al medio ambiente y cómo reducir sus impactos.
En esta fase inicial, el objetivo principal es la reflexión y evaluación de los riesgos medioambientales derivados del contrato, analizando aspectos como:
- Análisis del ciclo de vida: evaluar el impacto ambiental desde la producción hasta la eliminación del bien o servicio.
- Uso eficiente de recursos: fomentar la eficiencia energética, el uso de materiales reciclados y la reducción de residuos.
- Promoción de proveedores sostenibles: favorecer a empresas que implementen prácticas ambientales responsables.
Dónde y cómo concretar criterios ambientales en los contratos
Una vez identificadas las medidas que pueden hacer más sostenible el contrato, es necesario plasmarlas en cláusulas concretas y efectivas. La Ley de Contratos del Sector Público (LCSP) permite incorporar criterios ambientales en diferentes fases del proceso, tales como:
- Objeto del contrato: especificar que el bien o servicio debe cumplir con ciertos estándares ambientales.
- Criterios de solvencia técnica: sistemas de gestión ambiental, certificaciones ambientales, etc.
- Criterios de adjudicación: premiar mejoras ambientales en las ofertas, como reducción de emisiones o eficiencia en el uso de recursos.
- Condiciones especiales de ejecución: establecer obligaciones ambientales a lo largo de la prestación del servicio, suministro u obra.
La sostenibilidad en el objeto del contrato
Cuando definimos el objeto del contrato, podemos indicar que éste tiene una finalidad de sostenibilidad ambiental cuando sea un valor esencial de la prestación. Esta es una declaración de intenciones absoluta. Un ejemplo podría ser: "Contrato de servicio de transporte de paquetes mediante criterios de sostenibilidad ambiental".
Aunque no especificamos un criterio concreto, dejamos claro que la sostenibilidad es tan importante como la prestación misma.
La sostenibilidad en los criterios de solvencia
Para garantizar que las empresas adjudicatarias tienen la capacidad de cumplir con los requisitos ambientales, podemos incluir criterios de solvencia técnica.
- En contratos de obras (art. 88 LCSP) y de servicios (art. 90 LCSP), se puede exigir que el licitador indique medidas de gestión ambiental aplicables al contrato.
- En contratos de suministro (art. 89 LCSP), se pueden requerir muestras de los productos o certificados de calidad.
- En contratos sujetos a regulación armonizada, se pueden solicitar certificados de gestión medioambiental de organismos oficiales, siempre admitiendo alternativas equivalentes (arts. 93 y 94 LCSP).
- En contratos no sujetos a regulación armonizada, se pueden definir requisitos de solvencia diferentes a los tipificados en la norma y establecer otros criterios de sostenibilidad ambiental.
Estas son las condiciones mínimas que todo contratista debe cumplir para poder firmar el contrato público y deben estar siempre vinculadas al objeto del contrato y ser proporcionales al mismo.
Por ejemplo, si el objeto del contrato es el suministro de papel de oficina 100% reciclado, como requisito de solvencia técnica podríamos solicitar un certificado oficial que acredite que cumple con la exigencia o bien una muestra del papel con su ficha técnica.
La sostenibilidad en los criterios de adjudicación
Los criterios de adjudicación permiten otorgar puntuaciones adicionales a aquellas ofertas que mejoren los estándares ambientales requeridos. Estos criterios deben ser públicos, justificados, no discriminatorios, proporcionales y vinculados al objeto del contrato.
A diferencia de los criterios de solvencia los criterios de valoración ofrecen mucha mas flexibilidad sin comprometer a priori la concurrencia.
Se considera vinculado al objeto cuando integre las prestaciones que deben realizarse, en cualquiera de sus aspectos y en cualquier etapa de su ciclo de vida, incluidos los factores que intervienen en los siguientes procesos:
- En el proceso específico de producción, prestación o comercialización, con especial referencia a formas de producción, prestación o comercialización medioambiental y socialmente sostenibles y justas;
- En el proceso específico de otra etapa de su ciclo de vida, incluso cuando dichos factores no formen parte de su sustancia material.
La vinculación al objeto del contrato es muy importante porque un error muy común a la hora de intentar convertir los contratos públicos en contratos sostenibles, es la incorporación de cláusulas “base” que no guardan relación ni proporcionalidad con el objeto contractual.
Por ejemplo, la reducción del nivel de gases de efecto invernadero es un tema muy interesante, pero si estoy licitando un asesoramiento jurídico para implementar un sistema de compliance, no es el criterio más adecuado porque no guarda relación directa con la prestación del servicio.
En cambio, en un contrato de suministro periódico de agua, puedo valorar que sistemas de dispensadores con garrafas retornables/reutilizables, que el transporte se realice con vehículos eléctricos, híbridos o de categoría ECO.
La sostenibilidad en las condiciones especiales de ejecución
Esta es la opción más común para introducir cláusulas medioambientales en un pliego.
El artículo 202 LCSP exige incorporar por lo menos una condición especial de ejecución de tipo social, ambiental o innovación en todos los contratos públicos.
Las condiciones especiales de ejecución (CEE) son un tipo de cláusula que incorpora unos requisitos que deben cumplirse obligatoriamente durante la ejecución del contrato y que destacan por su relevancia. Por este motivo, suelen incorporar penalidades significativas en caso de incumplimiento. Si se considera que es esencial, su incumplimiento puede llegar a significar la resolución contractual.
Por lo tanto, en este caso los criterios de sostenibilidad deben hacer referencia a la ejecución del contrato y deben tener vinculación con su objeto contractual.
A través de las CEE se puede exigir a la empresa contratista por ejemplo: la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, la mejora de valores medioambientales afectados por la ejecución del contrato, una gestión más sostenible del agua, el fomento del uso de energías renovables, la utilización de envases reutilizables o productos ecológicos, entre otros aspectos.
No solo importa qué exigimos en el pliego, sino también cómo lo establecemos y verificamos. Toda condición especial de ejecución, al ser de obligado cumplimiento, debe detallar su modo de acreditación y exigir su verificación. Además, si el criterio es especialmente relevante para el órgano de contratación, se recomienda establecer de manera concreta la penalización en caso de incumplimiento.
La sostenibilidad en los pliegos técnicos
Si el objeto del contrato puede afectar la sostenibilidad medioambiental, las prescripciones técnicas deben incluir criterios de protección ambiental (art. 126.4 LCSP). Estos pueden hacer referencia a:
- Normas europeas, nacionales e internacionales.
- Rendimiento o funciones.
- Especificaciones sobre materiales, métodos de producción y/o prestación sostenibles.
- Etiquetas ambientales reconocidas.
Ejemplo: En la compra de bancos para mobiliario urbano, se puede requerir que el plástico utilizado sea 100% reciclado u otra medida equivalente
En este caso, los licitadores que no cumplan con dicha prescripción, deberán ser excluidos del proceso y no podrán optar a la adjudicación.
Primera comprobación ¿Cumplimos el objetivo?
Uno de los primeros pasos para incorporar criterios medioambientales era reflexionar sobre los posibles riesgos medioambientales derivados del contrato.
Ahora, una vez incorporadas las cláusulas, debemos chequear que las cláusulas introducidas efectivamente contribuyen a evitar o reducir los riesgos medioambientales identificados. Por lo tanto, compara esos objetivos medioambientales con su concreción en el clausulado. ¿Son coherentes y adecuados? ¿Se podrán comprobar por parte de la Administración?
En caso negativo, conviene dedicar un tiempo adicional al clausulado para mejorarlo.
Segunda comprobación: Seguimiento de la ejecución
El control no termina con la adjudicación. Es clave supervisar que las exigencias ambientales se cumplan efectivamente durante la ejecución del contrato. Si no se cumplen, deben aplicarse las penalidades previstas.
Aprovecha la fase de ejecución para extraer aprendizajes y mejorar futuros contratos, identificando puntos débiles y oportunidades de optimización en la integración de criterios sostenibles.
Este es el momento oportuno para anotar posibles mejoras y correcciones a considerar en tu próximo contrato.