En el ámbito de la contratación pública, uno de los temas que genera más dudas y preocupaciones es la modificación de los contratos. Para arrojar luz sobre este asunto, Charo Delgado, resposanble de contratación pública en la Universidad Complutense de Madrid, nos ofrece consejos prácticos para evitar algunos de los problemas mas comunes en base a su dilatada experiencia.
Hemos extraído de su podcast 10 minutos para no liarla con las modificaciones las ideas clave en un formato práctico para aplicarlo en el día a día. Puedes descargar la infografía en pdf.
Aclaraciones previas
Ejecución a Riesgo del Contratista
Los contratos se ejecutan a riesgo y ventura del contratista, lo que implica que cualquier pérdida económica recae sobre él, a menos que se presenten causas de fuerza mayor o circunstancias imprevistas. Solo son obligatorias las modificaciones inferiores al 20% del importe de adjudicación. (Art 206 LCSP)
Prerrogativas de la Administración
La administración tiene la capacidad de interpretar, modificar y resolver los contratos, siempre dentro de los límites legales. Es crucial entender que la administración posee una posición predominante en este proceso.
Susceptibles de Recurso Especial
Las modificaciones están sujetas a recursos especiales en materia de contratación, lo que implica que deben manejarse con especial atención para evitar impugnaciones.
Posibilidades previstas en la Ley para la modificación de contratos
Según el artículo 190 de la Ley de Contratos del Sector Público, los contratos deben ejecutarse conforme a sus cláusulas, pero existen circunstancias que pueden requerir modificaciones, y la Ley contempla algunos supuestos.
Tipos de Modificaciones
Las modificaciones pueden ser previstas en los pliegos de condiciones (Art 204 LCSP) o surgir de manera imprevista (Art 205 LCSP). En ambos casos, deben cumplir con los requisitos establecidos en la ley.
Causas Justificadas
Las modificaciones son viables por razones de interés público, necesidad de añadir obras, suministros o servicios adicionales, o por circunstancias sobrevenidas imprevisibles.
Límites y Condiciones
Es fundamental que la modificación no altere la naturaleza global del contrato y respete los límites económicos establecidos. En el caso de las previstas el limite debe ser inferior al 20% del importe de adjudicación. En las nos previstas inferior al 15% en obras y 10% en el resto, no pudiendo superar el 50% contando las previstas si las hubiere. Las modificaciones sustanciales, que cambian el objeto del contrato de manera significativa, requieren una nueva licitación. (Art 205 LCSP)
Consejos Prácticos
Planificación y Revisión
Antes de proceder con una modificación, es recomendable revisar detenidamente el contrato y el proyecto, especialmente en contratos de obra. Ampliar algo los márgenes del contrato puede evitar la necesidad de modificaciones que pueden complicar el expediente.
Evitar superar los límites legales
En caso de modificaciones sustanciales, es necesario resolver y volver a licitar. Se puede volver a licitar a criterio del órgano de contratación todo o solamente la parte que corresponda.
Transparencia
Todas las modificaciones deben realizarse siguiendo los procedimientos legales y anuncios correspondientes (Art 207 LCSP), garantizando la transparencia y evitando prácticas que puedan ser cuestionadas.
Conclusiones
Charo Delgado nos recuerda que la modificación de contratos públicos es una prerrogativa a interpretación de la Administración pero sujeta a las limitaciones previstas y a criterios de interés público.
Las modificaciones tanto previstas como no previstas, deben justificarse y evitar superar los límites que supongan alteraciones sustanciales.
La modificación es recurrible, por lo que recomienda realizar una revisión exhaustiva del proyecto inicial para asegurar poder mantenerse dentro de los márgenes previstos y evitar posibles complicaciones.
Descarga la infografía
Puedes descargarte esta infografía (en PDF) para que no se te olviden estas claves sobre las modificaciones de los contratos públicos.
Para saber más
- Conoce todos los detalles sobre modificaciones de contratos públicos: previstas y no previstas en nuestro glosario de contratación pública.