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¿Cómo hacer una contratación pública más rápida? La gestión de la competencia

Hace un tiempo realizamos un estudio acerca de los plazos de gestión de los contratos públicos. Nuestro propósito era entender qué aspectos estructurales de la compra pública tenían un impacto relevante en el tiempo de la gestión. En ese análisis veíamos como aspectos como el coste, el tipo de contrato o de organización influyen en lo que se tarda en gestionar un contrato desde su anuncio a su adjudicación. Estos análisis estructurales tienen un alcance limitado: una organización no puede cambiar lo que “es” para realizar un contrato, y tiene poco margen respecto al tipo de contrato o procedimiento. El importe podría tener alguna variación según como estructurar la compra, siempre y cuando no se incurra en un fraccionamiento. Es decir, nuestro estudio explicaba aspectos generales pero muy comunes y poco accionables para las organizaciones públicas. 

En esta ocasión queremos estudiar el principal factor de variabilidad: la competencia. Un contrato tiene unos rasgos fijos que controla la administración, pero el número de ofertas es el factor más variable entre tipos de contratos y, desde luego, el menos controlable en términos legales. Para ello hemos analizado los datos relativos al impacto de la oferta en los plazos de adjudicación de la contratación pública. Para ello nos hemos centrado en procesos competitivos abiertos comunes, como los procedimientos abierto, simplificado y negociado de 2019 a 2022.

La competencia y el tiempo de gestión de los contratos públicos

Cuando iniciamos el estudio encontramos una correlación positiva entre el número de ofertas y la gestión y tramitación de contratos. Hay que considerar. Esto parece intuitivo: un mayor número de ofertas supone como mínimo un mayor tiempo de análisis y gestión. Sin embargo, un análisis más en profundidad nos permitirá entender esta relación con mayor claridad. 

Lo primero que hay que señalar es que esta correlación no es exactamente igual en todos los casos. Si analizamos el tiempo de gestión de un contrato, que es el que consideramos desde el anuncio a la adjudicación, encontramos un resultado claramente diferenciado. En los casos en los que este periodo de gestión supera los 120 días la correlación es prácticamente inexistente (0,00033). Sin embargo, cuando este plazo es inferior, nos encontramos con que la relación es realmente importante: un 0,93. Esto quiere decir que en los casos en los que se pasa de los 4 meses la competencia no es importante, mientras que, por debajo de esa cifra, prácticamente cada oferta adicional aumenta el tiempo de gestión muy evidente. 

La principal explicación es que los contratos de más de 120 días incluyen además de contratos que tienen un nivel de complejidad de análisis muy elevado, aquellos con recursos y litigiosidad elevada en la que el número de ofertas no tiene un peso tan directo. 

En términos reales estamos hablando de que, por un lado, los contratos que no tienen una especial complejidad, o con baja litigiosidad, dependen especialmente del número de ofertas recibidas para los plazos de adjudicación. Esto explicaría que, como detectamos en el estudio de contratación del año 2022, el plazo medio de gestión de contratos se redujo, probablemente por la caída de la competencia media. 

La gestión de la adjudicación por procedimiento.

Los plazos de gestión de adjudicación de un contrato están marcados por las condiciones del procedimiento y de la diligencia. En este último caso sabemos que los plazos de adjudicación están especialmente comprimidos en los procedimientos de urgencia y, especialmente, de emergencia. En término medio podemos señalar que la diligencia ordinaria tiene una media de formalización de 96 días, mientras que la de emergencia tiene 43 y la de urgencia 83. 

De nuevo nos encontramos con una condición en la que el margen de acción de la administración es muy limitado. Más allá de la permisividad reciente con el contrato de emergencia, tanto esta, como otras fórmulas están condicionadas a circunstancias excepcionales del objeto de contratación, y por lo tanto, fuera de acciones concretas. 

Los días de licitación y la competencia

Lógicamente, es deseable tener una mayor competencia, pero normalmente la capacidad de las AAPP para gestionar la competencia es muy limitada mediante los elementos convencionales. Hemos encontrado, no obstante, que hay una relación importante entre los días de apertura de licitación y la competencia bastante estrecha, especialmente en los contratos que están por debajo del umbral SARA.

Cuando los plazos de licitación son inferiores a 35 días naturales, la correlación entre días de recepción de ofertas y el número de ofertas recibidas es especialmente alta, sobre todo en el caso de las obras. Superado este umbral encontramos que la relación es débil y negativa, salvo en el caso de las obras, donde las ofertas son más complejas. Esto puede deberse a que más allá de este margen de 35 días, o bien no hay margen de crecimiento de la oferta, o el tamaño de la licitación es tan grande que reduce la competencia real en el mercado. 

Lógicamente podríamos decir que el plazo de las licitaciones es bastante restrictivo, fijando para cada caso un número mínimo de días, así que, aparentemente, el único margen de gestión temporal podría ser solo ampliar el plazo más allá del mínimo. Sin embargo, como hallamos en su día, sabemos que el uso de los anuncios previos de licitación tienen un impacto de reducción de la competencia. En este caso, podemos decir que los anuncios previos de licitación con una menor competencia, son la puerta a una gestión de la adjudicación más rápida. Dicho de otra manera, competencia y eficiencia del proceso parecen elementos contrarios cuando hablamos de contratación sin conflictos. 

El margen de reducción de plazos. La gestión de la oferta

El factor de la gestión de la adjudicación de los contratos más determinante es la cantidad de ofertas recibidas. Estas afectan de manera directa al añadir complejidad al proceso de decisión, tanto en el análisis y tratamiento de la información como en los procesos de deliberación, especialmente si hablamos de casos en los que los criterios de valoración no son de fórmula.

Esta situación nos lleva a un dilema si queremos una contratación más rápida: o se reduce la competencia, especialmente minimizando al máximo el periodo de publicidad y recepción de ofertas, o se mejora el sistema de tramitación de las ofertas. Lógicamente, la primera opción, pudiendo ser inevitable para situaciones extremas, no es la deseable: la competencia en la contratación pública es un elemento deseable y necesario. En este contexto, por lo tanto, la única opción viable es la de optimizar los procesos de gestión y tramitación de ofertas mediante mecanismos que faciliten la obtención, análisis y valoración de las ofertas.

Lamentablemente, existe poca divulgación y debate acerca de este campo de gestión y suele recurrirse a la información de comunidades de prácticas y el boca-a-oreja para afrontar fórmulas que aligeren este proceso. Posiblemente, un trabajo de búsqueda y corrección de prácticas en este sentido podría repercutir en una contratación pública más eficiente sin tener que sacrificar la competencia por el camino.

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Sep 12, 2023
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